Chile: El ?Acuerdo Nacional Pro empleo? a pesar de su nombre nada tiene que ver con la creación de empleo.

  1. La recesión será profunda y de larga duración.
    Las noticias económicas del mundo reafirman el pronóstico que hizo el FMI a comienzos de año; la recesión será profunda y de larga duración. Después de muchos rodeos el Banco Central de Chile, ha reconocido la recesión de la economía nacional. Aunque algunos economistas insisten en buscar señales de pronta recuperación, e incluso hablan de una ‘recesión profunda y de corta duración’, la realidad es que una recesión global jamás ha sido de corta duración, menos aún podría esperarse corta duración de esta recesión que está cerca de cumplir dos años desde el estallido de la crisis, y que ahora ya cuenta con múltiples focos financieros, económicos y medioambientales en diferentes partes del planeta.
    Lo peor aún está por venir, y en este sentido hay que esperar el aumento del desempleo en todo el mundo. En Europa Occidental, por ejemplo, España es el país con el mayor desempleo, el Fondo Monetario Internacional (FMI) prevé que en 2009 la tasa de personas sin trabajo supere la barrera del 17%, y hay analistas que pronostican que para el 2010 podría subir hasta ¡el 30%!
    En Chile, con tasas oficiales de desempleo del 9.8% en época de estacionalidad favorable al empleo (empleo en el sector turístico, trabajo de temporada agrícola) todos están de acuerdo que la desocupación aumentará con la llegada del invierno.
  2. Maquillaje de las cifras de desempleo.
    Los gobiernos capitalistas no solucionan el problema creciente del desempleo pero hacen virtuosismo “maquillando” las cifras. El “Acuerdo Nacional Pro empleo” va en este mismo sentido.
    Para determinar la tasa oficial de desempleo, se aplica una encuesta sobre una muestra representativa de la población. Los encuestadores preguntan qué es lo que hicieron las personas una semana determinada. Una persona que realizó cualquier tipo de trabajo durante esa semana para recibir una paga o un beneficio, trabajó quince o más horas como un trabajador sin salario en una empresa familiar o tuvo un trabajo del que estuvo temporalmente ausente, es considerado como empleado.
    De acuerdo con la metodología de los países más desarrollados agrupados en la OCDE para ser considerado en el paro laboral, los desempleados no pueden haber trabajado en la semana, estar buscando activamente un puesto de trabajo (mirar los anuncios clasificados de empleo, portar un curriculum) y estar dispuesto a trabajar. El INE acaba de postergar la entrada en vigencia de esta metodología en Chile.
  3. El “Acuerdo Pro empleo” del gobierno Bachelet, la CUT de Arturo Martínez y los empresarios en Chile, que ya fue rápidamente aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados, a pesar de su nombre nada tiene que ver con la creación de empleo.
    Si se analizan las seis medidas del acuerdo que son: Incentivo a la retención y capacitación; permiso y precontrato de capacitación, beneficios del Seguro de Cesantía para trabajadores con contratos temporales, becas MYPE para trabajadoras jefas de hogar y reconocimiento de aprendizajes previos, se puede concluir que en lo medular:
    • Las Medidas no contemplan la creación de empleo para los miles de trabajadores que lo han perdido en los despidos masivos que ha habido desde el comienzo de la crisis y su impacto en Chile. Se podría suponer que un acuerdo en favor del empleo al menos incluiría un plan nacional de obras públicas y viviendas sociales que realmente demanden mano de obra, y sirvan como dinamizador de toda la actividad económica. Nada de eso se encuentra contemplado en el ‘Acuerdo Nacional’
    • El ‘Permiso para capacitación laboral: como alternativa al despido’, que incorpora el punto 2 de Acuerdo, cumple el papel de disminuir la cifra de desempleo, ya que los trabajadores con ‘permiso’ para capacitarse no serán considerados como desempleados. Se espera que las medidas hagan ‘disminuir’ en 1.5% la tasa de desempleo.
    • Las empresas tienen la oportunidad de postergar el pago de las indemnizaciones por despido. Como el despido oficialmente puede posponerse durante 5 meses en que el trabajador se capacitaría, en la práctica permite a las empresas deshacerse de trabajadores y pagar cinco meses después los costos de las indemnizaciones..
    • Las prestaciones garantizadas a los trabajadores en el ‘permiso’ de hasta cinco meses en los que el trabajador se capacitaría, además de muy bajas, las paga fundamentalmente el propio trabajador. Decimos esto porque durante el permiso de hasta 5 meses durante los cuales el trabajador asistiría a los cursos de capacitación, y dejaría de acudir a su lugar de trabajo, recibiría una pequeña prestación del 50% de la remuneración de los últimos 6 meses, con tope de 190 mil pesos. Pero este dinero el trabajador lo recibe combinando “un aporte del trabajador y del seguro de cesantía”
    • El precontrato de capacitación contemplado en el punto 3, permite a las empresas usar la franquicia tributaria del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) para capacitar a los trabajadores, antes de incorporarlos, y ahorrarse con ello la capacitación inicial en la empresa.
    • El punto 4 que abre a los trabajadores con contratos temporales el beneficio del seguro de cesantía, sin duda sería bienvenido por estos trabajadores despedidos. Se podría pensar que así se pone punto final a una odiosa discriminación, pero el Acuerdo deja claro que es ‘una medida adoptada por una sola vez pensada para dar acceso más rápido a más trabajadores, durante este año de crisis internacional’. Es decir una concesión de carácter estrictamente temporal.
    • El punto 5 anuncia que se duplicaran los presupuestos de becas para el programa de apoyo al emprendimiento de trabajadoras jefas de hogar de baja calificación laboral, en lugar de la creación de empleos estables apunta a la inversión en trabajo independiente precario y de bajos ingresos.
    • El reconocimiento de aprendizajes previos adquiridos por el trabajador mediante ‘un sistema de evaluación aplicado por los organismos técnicos’, es de dudoso resultado en términos de empleo, pero sin duda abre un nuevo negocio para las empresas de área de capacitación y evaluación, sin que en este caso se incorpore capacitación alguna.
    • En resumen básicamente el ‘Acuerdo Nacional’ trata de la transferencia de recursos del estado y los trabajadores a la empresa privada, de maquillaje de cifras de cesantía laboral y crea buenos negocios para empresas privadas de capacitación y de evaluación de aprendizajes previos. Pero tiene poco que ver con la creación efectiva de empleo, mientras el flagelo de la cesantía producto de la recesión global del capitalismo sigue avanzando.

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